OBJETIVO: Facilitar el disfrute de la vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos
PLAZO: 📢PLAZO ABIERTO: BONO ALQUILER JOVEN 2025 🏠 -⚠️Plazo de solicitud de 1 de abril hasta 23 de abril de 2025. Si no tienes certificado, puedes rellenar los formularios corresponendientes y llevarlos firmados junto a la documentación que completa la solicitud, en una Administración Pública para registrarlo de entrada. Consulta más información en este enlace o Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
SOLICITUD DE AYUDAS
- OPCIÓN 1 – Con certificado digital, de forma telemática, «se requiere cita previa»
- OPCIÓN 2 -Sin certificado digital, de forma telemática, «completar los formularios, subir documentación, descargar justificante, imprimirlo, firmarlo y llevarlo, junto la documentación presentada electrónicamente a un registro de entrada como puede ser un ayuntamiento (si no se hace este último paso no se considerará presentada la solicitud)
- OPCIÓN 3 – Acudir a la oficina Xaloc con cita previa y con toda la documentación necesaria para la presentación.
LA FORMA DE SOLICITUD DE LAS AYUDAS QUEDA PENDIENTE DE LA CONVOCATORIA, ESTAS OPCIONES SON LAS QUE SE PUBLICARON EN 2023
CUANTÍA:
- Ayuda de 250€ mensuales.
- La suma de las ayudas recibidas por los jóvenes que convivan no podrá superar el precio del alquiler que conste en el contrato
SUBVENCIÓN
Se subvenciona el precio del alquiler o de la cesión de la vivienda, durante el plazo máximo de 2 años, siempre que se mantengan las condiciones
REQUISITOS INGRESOS
Se tiene que disponer de una fuente de ingresos, incluida la de las personas que tengan el domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o, consten o no como titulares del contrato de alquiler iguales o inferiores a 3 IPREM (25.200€).
Cuando convivan 2 jóvenes ≤ 4 IPREM (33.600€)*
Cuando convivan 3 o + jóvenes ≤5 IPREM (42.000€)*
*Indvidualmente no se podrá superar 3 IPREM
REQUISITOS PERSONALES
Edad hasta 35 años en el momento de la solicitud (toda la unidad de convivencia)
Tener un contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o habitación en la Comunidad Valenciana, o estar en condiciones de suscribirlo (plazo de 2 meses tras la concesión de la ayuda)
Residencia habitual y permanente de la persona arrendataria y de las demás persona que integran la unidad de convivencia, contrato de al menos 1 año.
Precio máximo de alquiler: Vivienda 650€ – Habitación 300€ (Municipios MAC)
DOCUMENTACIÓN
Empadronamiento colectivo (solicitar ayuntamiento)
Contrato de alquiler firmado en todas sus caras, en el debe incluirse la referencia catastral (si no se dispone solicitar al propietario)
Recibos de pago de alquiler de 2024 y 2025 (SOLO VÁLIDOS TRANSFERENCIA BANCARIA, NO valen Bizums, ni ingresos en cajero, ni pagos en efectivo)
DNI o NIE de la persona solicitante y de todos los convivientes mayores de más de 16 años
Informe de vida laboral y declaración de la renta, o certificado de ingresos en su defecto de la última anualidad.
Número de habitaciones que dispone la vivienda
Modelo de domiciliación bancaria sellado por la entidad bancaria
Anexo I Declaración responsable
Anexo II Documentación a aportar
Anexo III Autorización a representación (en su caso)
LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR QUEDA PENDIENTE DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
Más información: Oficina Xaloc de la Mancomunitat de l’Alcoià i el Comtat, Edifici Àgora (C/Sant Mateu, 3. Alcoi)
xaloc@lamancomunitat.org o 965549354 ext. 1